SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0991/2023-S2
Fecha: 12-Dic-2023
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en parte la Resolución 79/2022 de 8 de abril, cursante de fs. 35 a 38, pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y, en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela solicitada por vulneración de los derechos al debido proceso y libertad.
2° DENEGAR respecto al derecho al debido proceso en su elemento de “acceso a la justicia”.
3° Disponer dejar sin efecto el Auto de Vista 230/2022 de 4 de abril y ordenar que la Vocal demandada emita una nueva resolución en atención a los Fundamentos Jurídicos expuestos en el presente fallo constitucional.
4º Llamar la atención a la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, conforme a lo expuesto en el Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA