SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1108/2023-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1108/2023-S3

Fecha: 06-Dic-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Por memorial presentado el 12 de enero de 2022, Adelia Gonzales Casas de Paredes y Antonio Juan Paredes Chávez -hoy accionantes-, presentaron denuncia penal por la supuesta comisión del delito de allanamiento de domicilio y amenazas, contra María Virginia y Justina Matilde, ambas Paredes Chávez, y Mabel Ossio Paredes (fs. 8 a 13).

II.2.    Mediante memorial de 8 de febrero de 2022, los accionantes formularon denuncia penal por la supuesta comisión del delito de allanamiento de domicilio y amenazas, contra María Virginia y Justina Matilde, ambas Paredes Chávez y Mabel Ossio Paredes, y otros (fs. 4 a 7).

II.3.    Por memorial de 24 de febrero de 2022, Wilbert David Ergueta Machaca presentó ante el Juzgado Público Mixto de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Patacamaya del departamento de La Paz, la Resolución de Rechazo de denuncia, en favor de los accionantes, por la presunta comisión del delito de lesiones graves y leves (fs. 17 y vta.).

II.4.    Por Informe de acción directa de 7 de marzo de 2022, Richard Freddy Ajpi Cosme, funcionario policial -ahora accionado-, dirigido a Wilfredo Callisaya Sirpa, Director Provincial de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) de Sica Sica del departamento de La Paz, informó que el 6 de igual mes y año, José Luis Chambi Flores, funcionario policial -hoy coaccionado-, condujo en calidad de arrestados a los accionantes, por la presunta comisión del delito de robo, a denuncia de David Santamaría Villa y otro (fs. 69 y vta.).

II.5.    Constan Órdenes de Citación suscritas por Agustín Coronado Mamani, Fiscal de Materia, mandando y ordenando que los accionantes se presenten en calidad de sindicados, el 8 de marzo de 2022 a las 11:30 y 11:45 horas, respectivamente, dentro del caso de Informe de acción directa de “6” de igual mes y año, en razón de la denuncia de David Santamaría Villa, por la supuesta comisión del delito de robo (fs. 18 y 19).