SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2023-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2023-S2

Fecha: 09-Feb-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Cursa Auto Interlocutorio de Redención 118/2021 de 20 de mayo, emitido por la Jueza de Ejecución Penal Primera de la Capital del departamento de Santa Cruz, por el cual resuelve declarar FUNDADO el incidente de REDENCIÓN interpuesto por Breidy Torrico Rueda -ahora accionante-(fs. 2 a 5).

II.2.    Por memorial de 4 de junio de 2021, Rubén Darío Ordoñez Roca, Fiscal de Materia, planteó recurso de apelación incidental contra el Auto Interlocutorio de Redención 118/2021 (fs. 6).

II.3.    Mediante escrito de 22 de junio de 2021, Jéssica Geraldine Gaspar Montaño dentro del proceso penal que sigue contra Breidy Torrico Rueda, se adhiere al recurso de apelación incidental presentado por el representante del Ministerio Público (fs. 7).

II.4.    A través del Acta de audiencia de apelación incidental celebrada el 16 de agosto de 2021, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, una vez informado por el Secretario de Cámara que se notificó con el Auto Interlocutorio de Redención 118/2021 tanto a Breidy Torrico Rueda y al Ministerio Público, y no así a la parte civil, Arminda Méndez Terrazas, Vocal de la referida Sala, manifestó: “Se tiene presente el informe del Secretario de Cámara. Dentro del saneamiento de oficio, tenemos que verificar la igualdad de las partes, en el cual revisado el expediente remitido ante este Tribunal, se evidencia que la víctima no ha sido notificado con el Auto recurrido, por lo que corresponde DEVOLVER el expediente al Juzgado de origen para que aclare y subsane esta situación con relación a la notificación de la víctima. Se deja sin efecto el sorteo computarizado a esta Sala” (sic [fs. 24 y vta.]).