SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2023-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2023-S4

Fecha: 28-Mar-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Por Auto Interlocutorio 385/2021 de 14 de junio, Lucio Fermín Flores Alarcón, Juez de Instrucción, Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Primero de El Alto del departamento de La Paz –autoridad demandada–, dispuso la detención preventiva de Ariel Avila Quelali –ahora hoy solicitante de tutela– y otro, en el Centro Penitenciario San Pedro de Chonchocoro de La Paz, por el lapso de cuatro meses, fijando audiencia de consideración de su situación jurídica para el 15 de octubre de mismo año, a horas 15:00 (fs. 3 a 7).

II.2.  Mediante Auto Interlocutorio 654/2021 de 15 de octubre, el Juez hoy demandado aceptó el requerimiento del Ministerio Público respecto a la ampliación del plazo de detención preventiva del imputado, por el tiempo de un mes, fijando audiencia de consideración de su situación procesal para el 16 de noviembre de igual año, audiencia en la cual el accionante en aplicación del art. 251 del CPP, planteó recurso de apelación incidental, el mismo que la autoridad demandada tuvo por interpuesto, ordenando su remisión ante el Tribunal de alzada (fs. 25 a 27).

II.3.  A través de Nota Cite Stria. 665/2021 de 30 de septiembre, recepcionada en el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz el 21 de octubre del referido año, la Secretaria Abogada del Juzgado de Instrucción, Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Segundo de El Alto del departamento de La Paz, remitió el cuaderno de investigaciones en original, en observancia a lo dispuesto por Auto Interlocutorio 654/2021 (fs. 28).

II.4.  Cursa Acta de audiencia de consideración de situación jurídica de 17 de noviembre de 2021, en la cual la autoridad demandada dispuso la suspensión de la audiencia, reprogramando esta para el 22 de igual mes y año, ordenando que se oficie a la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, para que devuelva el cuaderno de control jurisdiccional en originales, aunque sin la correspondiente resolución (fs. 58 a 61).

II.5.  Consta Nota Cite of. 1012/2021 de 18 de noviembre, por la que se puso en conocimiento de la referida Sala Penal lo dispuesto en la audiencia de 17 de noviembre de 2021 (fs. 62 a 65 vta.).