SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0091/2023-S2
Fecha: 27-Mar-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Por Sentencia 02/2022 de 29 de marzo, la Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Segunda de la Capital del departamento de Tarija, declaró a AA -accionante- culpable del delito de abuso sexual y violación de infante, niña, niño o adolescente, imponiéndole la medida socioeducativa de privación de libertad de cinco años de régimen de internamiento a cumplirse en el Centro de Reintegración Social CENVICRUZ (fs. 5 a 18).
II.2. A través del memorial de 9 de mayo de 2022, Marco Antonio Suárez Medina en representación de AA interpuso recurso de apelación restringida contra la Sentencia 02/2022; misma que fue sustanciada y resuelta por Auto de Vista 14/2022 de 28 de junio; a través del cual, Yenny Cortez Valdiviezo y Marcos Ramiro Miranda Guerrero, Vocales de la Sala Mixta Civil y Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija -hoy demandados- declararon “SIN LUGAR” dicho medio de impugnación, “…CONFIRMANDO EN TODAS SUS PARTES…” (sic), la citada Sentencia (fs. 19 a 55 y 60 a 84).
II.3. Mediante escrito de 25 de julio del citado año, la parte impetrante de tutela formuló recurso de casación contra el Auto de Vista 14/2022; siendo resuelto por los Vocales demandados, quienes dictaron el Auto Interlocutorio 01/2022 de 29 de julio, rechazándolo (fs. 85 a 127).