SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2023-S1
Fecha: 28-Mar-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursa en expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Ley 3741 de 14 de septiembre de 2007, que establece lo siguiente:
Artículo 1°.- Se autoriza a la Prefectura del Departamento de Tarija, transferir anualmente de manera directa y no reembolsable, recursos departamentales provenientes de la renta petrolera, a las comunidades campesinas e indígenas del Departamento de Tarija, para la ejecución de iniciativas productivas comunales priorizadas por las comunidades campesinas e indígenas en el marco del Programa Solidario Comunal Departamental (PROSOL).
Artículo 2°.- Los mecanismos de funcionamiento, gestión, control social y evaluación del PROSOL, serán establecidos en un Reglamento que será aprobado mediante resolución expresa del Consejo Departamental, a propuesta del Ejecutivo Prefectural del Departamento de Tarija, quien concertará en su elaboración con la FSUCCT Federación Sindical Única de Comunidades Campesinas de Tarija, representada por sus nueve centrales con las Federaciones Campesinas de Yacuiba y Bermejo y con las organizaciones matrices de los pueblos indígenas (fs. 1).
II.2. Consta Reglamento Operativo del PROSOL, que dispone lo siguiente:
Artículo 3. (Objeto).- El objeto del presente Reglamento es normar la Transferencia, Ejecución, funcionamiento, gestión operativa del Programa Solidario Comunal Departamental (PROSOL), que tiene el propósito de fortalecer y promover la Producción Comunitaria, Sostenible, Campesina e Indígena, para garantizar la Seguridad y Soberanía Alimentaria.
(…)
Artículo 6. (La Gobernación).-
PARAGRAFO I.- La Gobernación del Departamento de Tarija es el Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija, es la entidad que tiene dentro de sus atribuciones la de ejecutar la Promoción y Administración de los Servicios para el desarrollo Productivo, Agropecuario y ejecutar Políticas Públicas a Nivel Departamental para elevar la Productividad y competitividad del Sector Productivo en el Marco de la Economía Plural.
PARÁGRAFO II.- Para fines del Programa Solidario Comunal Departamental (PROSOL) la Gobernación asume las siguientes atribuciones:
Literal a): Generar en coordinación con La FSUCCT que representa a las Centrales Provinciales, Sub Centrales y las Comunidades Campesinas e Indígenas las Políticas de fortalecimiento a la Economía Comunitaria en el marco del Programa de Transferencia Directa de Recursos Departamentales.
(…)
Literal d): Transferir recursos provenientes de las regalías petroleras anualmente a las comunidades campesinas e indígenas
(…)
Artículo 12. (Funciones de la Dirección Departamental del PROSOL).- La Dirección Departamental del PROSOL tendrá las siguientes funciones:
(…)
Numeral 6): Garantizar oportunamente la transferencia de recursos a las comunidades campesinas y/o Indígenas del Departamento de Tarija de acuerdo a un plan de transferencias que establezca el Calendario Anual Agrícola zonificada hasta el primer semestre de cada año fiscal, previo al cumplimiento de procedimiento establecido en el programa.
Artículo 28. (Revisión y conformidad de la Solicitud de Transferencia).-
PARÁGRAFO I.- La Dirección Departamental del PROSOL a través de los técnicos son los encargados de revisar y verificar el llenado correcto de los formularios.
PARÁGRAFO II.- La revisión consistirá en la verificación, de que cada solicitud de transferencia realizada por la comunidad cuente con la siguiente documentación:
Numeral 1): Formulario de Solicitud de Transferencia de Recursos con la información completa firmado por el Representante Legal de la Comunidad Campesina o Pueblo Indígena.
Numeral 2): Listado actualizado del número de Afiliados, acompañado de la declaración jurada que así lo certifique.
(…)
Numeral 4): Acta de la Asamblea Comunal de elección de los Responsables de Administración Comunal debidamente llenada y firmada.
Numeral 5): Compromiso de buena ejecución de la Iniciativa Productiva Comunitaria firmada por cada uno de los Responsables de Administración Comunal.
(…)
Artículo 29.- (Transferencia de Recursos).-
(…)
PARÁGRAFO II.- Una vez que la solicitud de Transferencia cuente con los requisitos establecidos en el Parágrafo II del artículo 28 del presente reglamento y la cuenta financiera comunal se encuentre habilitada, la Dirección Departamental del PROSOL procederá a la transferencia de la totalidad del presupuesto, acción que será comunicada a la Comunidad Campesina e Indígena (fs. 200 a 215).
II.3. Cursa Nota CITE F.S.U.C.C.T. 119/2020 de 4 de agosto, emitida por el Comité Ejecutivo de la FSUCCT dirigida a Adrián Esteban Oliva Balcázar, Gobernador del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija -ahora demandado-, solicitando el desembolso de PROSOL 2020, haciendo conocer que se encuentran paralizadas setenta y tres comunidades esperando las transferencias para la ejecución de siembras de productos agrícolas (fs. 20).
II.4. Mediante Carta CITE F.S.U.C.C.T. 138/2020 de 9 de octubre, el Comité Ejecutivo de la FSUCCT solicitó a la autoridad demandada y a Manuel Figueroa, Secretario de Economía y Finanzas dependiente del citado ente departamental, el desembolso de PROSOL 2020, al encontrarse las comunidades paralizadas en la ejecución de sus actividades para garantizar la seguridad alimentaria en el departamento de Tarija (fs. 21).
II.5. Consta Nota CITE F.S.U.C.C.T. 144/2020 de 23 de octubre, mediante la cual el Comité Ejecutivo de la FSUCCT, solicitó a María Lyly Morales, Secretaria de Desarrollo Productivo de la entidad departamental, continuar con el desembolso del PROSOL 2020, al encontrarse las comunidades paralizadas en la ejecución de sus actividades (fs. 22).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | II. La acción se interpondrá por la persona individual o colectiva afectada, o por otra a su nombre con poder suficiente, ante juez o tribunal competente, y se tramitará de la misma forma que la Acción de Amp
- I. La Acción de cumplimiento procederá en caso de incumplimiento de disposiciones constitucionales o de la ley por parte de servidores públicos, con el objeto de garantizar la ejecución de la norma omitida.
- …conforme al texto constitucional, se concluye que el objeto de tutela de esta acción está vinculado a garantizar el cumplimiento de un deber contenido en: a) Normas constitucionales, las cuales, como se ha visto, tienen un valor normativo