SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL
0080/2023-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2023-S1

Fecha: 23-Mar-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.    Cursa Sentencia 57/2020 de 26 de noviembre, emitida por Marco Antonio Fajardo Montaño, Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Tercero de la Capital del departamento de Cochabamba, mediante el cual dispuso que el demandado Juan Walter Arandia Montaño -ahora accionante- pague en favor de la demandante los derechos sociales que ascienden a Bs101 857.- de acuerdo a la liquidación, debiendo hacer efecto dentro del tercer día de ejecutoriada la presente resolución (fs. 21 a 28).

II.2.    A través de Memorial de 15 de junio de 2021, Juan Walter Arandia Montaño -ahora accionante- planteó incidente de nulidad de obrados dentro del proceso laboral en su contra (fs. 32 a 36 vta.).

II.3.    Por Auto de 10 de agosto de 2021, la autoridad judicial ahora demandada rechazó el incidente de nulidad planteado por Juan Walter Arandia Montaño -ahora accionante- (fs. 42 a 44 vta.).

II.4.    Mediante memorial de 17 de agosto de 2021, el ahora accionante interpuso recurso de apelación en contra del Auto de 10 de agosto de 2021 (fs. 46 a 48 vta.).

II.5.    Por Auto de 6 de septiembre de 2021, el Juez demandado concedió el recurso de apelación en efecto devolutivo que interpuso el demandado en contra el Auto de 10 de agosto de 2021, disponiendo la remisión al Tribunal superior en grado (fs. 55).

II.6.    Cursa Nota de constancia de 16 de septiembre de 2021, por cual se tiene que el apelante se apersonó al Juzgado del ahora demandado para dejar los recaudos ordenados para la facción del testimonio de apelación                 (fs. 57).

II.7.    Consta Mandamiento de Apremio de 24 de septiembre de 2021, emitido por Marco Antonio Fajardo Montaño, Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Tercero de la Capital del departamento de Cochabamba, ordenando el apremio de Juan Walter Arandia Montaño, Gerente y Propietario del Motel Romance, en cumplimiento del Auto de 19 de abril de similar año (fs. 61).