SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2023-S2
Fecha: 01-Mar-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante memorial presentado el 1 de febrero de 2021 ante el representante del Ministerio Público de Santa Cruz de la Sierra, Solange Roxana Ramos López -ahora accionante- interpuso denuncia penal contra José Luis Cusi Soliz, Sergio Toro, José Vargas, Alex Álvaro Chávez Peñaranda, Roxana Angélica Nogales Escobar y Dolly Karina Salazar Pérez -hoy terceros interesados-, por el delito de incumplimiento de deberes, previsto y sancionado en el art. 154 del CP (fs. 5 a 12 vta.).
II.2. Por Resolución de Desestimación de Denuncia FUD-701102012100770 de 1 de febrero de “2020”, Gustavo Adolfo Ríos Guaygua, Fiscal de Materia, conforme al art. 55.II de la LOMP, desestimó la referida denuncia, por tratarse la relación fáctica en una figura atípica (fs. 13 a 22).
II.3. A través de escrito presentado el 5 de febrero de 2021, la peticionante de tutela formuló objeción contra el aludido fallo; a tal efecto, el Fiscal Departamental de Santa Cruz -ahora demandado- mediante Resolución Fiscal Departamental RRMM D-034/21 de 11 igual mes y año, resolvió ratificar la referida desestimación de denuncia, conforme al precitado artículo; determinación con la que fue notificada la accionante el 3 de mayo de 2021 (fs. 23 a 33 y 186).