SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2023-S3
Fecha: 09-Mar-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Sentencia 20/2014 de 17 de febrero, emitida por el Juez de Partido Civil y Comercial Séptimo de la Capital del departamento de La Paz, dentro de la demanda civil ordinaria sobre paso de servidumbre continua de aguas, interpuesta por Rogelia Fuentes de Vargas y Héctor Vargas Alcoreza contra Alberto Cayetano Márquez Mamani, declarándose en dicha Sentencia, probada la demanda (fs. 21 a 26).
II.2. La Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista 445/2017 de 27 de octubre, confirmó la Sentencia 20/2014 (fs. 27 a 30 vta.).
II.3. Por Auto Supremo 446/2019 de 30 de abril, los Magistrados de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia -ahora accionados-, declaró infundado el recurso de casación interpuesto por Nilda Márquez Laura -hoy peticionante de tutela- contra el Auto de Vista 445/2017, dictado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz (fs. 7 a 12).
Auto Supremo que fue notificado a la accionante, conforme al Informe SC/SECR/OCM/INF/10/2022 de 15 de junio, emitido por la Secretaria de Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, requerido como documentación complementaria, el 17 de mayo de 2019 a horas 18:10 mediante cédula fijada en tablero de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia (fs. 90 y 94).