SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2023-S2
Fecha: 13-Mar-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes cursantes en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa imputación formal y solicitud de aplicación de medidas cautelares de 7 de noviembre de 2020, emitida por el Fiscal de Materia a cargo de la investigación contra Carlos Eduardo Mario Morales Landivar -hoy accionante- por la presunta comisión del delito de legitimación de ganancias ilícitas (fs. 6 a 15).
II.2. Mediante Auto Interlocutorio 305/2020 de 7 de noviembre, la Jueza de Instrucción Penal Tercera de la Capital del departamento de La Paz -ahora codemandada-, dispuso la detención preventiva del solicitante de tutela en el Centro Penitenciario San Pedro del citado departamento (fs. 17 a 22 vta.).
II.3. A través del Auto de Vista 431/2020 de 11 de noviembre, el Vocal demandado declaró inadmisible el recurso de apelación incidental formulado por el peticionante de tutela, declarando la improcedencia de los fundamentos expuestos y confirmó la decisión impugnada (fs. 203 a 207).
II.4. Constan certificados médicos de: 1 de octubre de 2021, emitidos por Alberto Andrade Anagua, médico internista y geriatra, en el que consigna como diagnóstico del solicitante de tutela carcinoma escamocelular, herpes simple recurrente, hipertensión arterial sistémica, con antecedente de derrame pericárdico; 14 de octubre del mismo año, expedido por Claribel Ramírez Hurtado, médico psiquiatra, cuyo diagnóstico determinó “DISTÍMIA, EPISODIO ACTUAL TRASTORNO DEPRESIVO MAYOR” (sic); y, 5 de octubre del indicado año, suscrito por Miguel Omar Gutiérrez Jiménez, dermatólogo, estableciendo que el accionante es portador de carcinoma escamocelular bien diferenciado y focalmente infiltrante, y episodios de herpes y lesiones queratósicas (fs. 180 a 182).