SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2023-S3
Fecha: 23-Mar-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa en Acta de audiencia de cumplimiento de Auto de Vista de 5 de noviembre de 2021 celebrada por la Jueza de Partido Mixto de Sentencia Penal y del Trabajo y Seguridad Social Primero de Sacaba del departamento de Cochabamba, la defensa técnica de Primitivo Atila Muñoz -ahora accionante- conforme el art. 251 del CPP planteó recurso de apelación incidental contra el Auto de la misma fecha y solicitó la remisión de antecedentes ante el Tribunal de alzada, disponiendo la Jueza de la causa mediante Auto de complementación de la citada fecha, la remisión del “cuadernillo procesal” ante la Sala Penal de turno del Tribunal Departamental de Justicia del referido departamento (fs. 29 a 32 vta.).
II.2. Mediante Oficio de 8 de noviembre de 2021 se remitió antecedentes del recurso de apelación incidental planteado por el accionante ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba (fs. 34).
II.3. A través del decreto de 9 de noviembre de 2021 se señaló audiencia para “Vista y Resolución” del recurso de apelación incidental interpuesto por el accionante, para el 12 de noviembre de 2021 (fs. 35 y vta.). Notificándose con dicho señalamiento de audiencia al accionante el 11 de noviembre de 2021 a las 14:07 horas, mediante WhatsApp a su abogado Fabricio Elioth Flores Márquez (fs. 36).
II.4. Cursa Acta de audiencia pública de vista y resolución de apelación de medida cautelar de 12 de noviembre de 2021 celebrada por Mirtha Mabel Montaño Torrico, Vocal de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba -ahora accionada- (fs. 37 a 41 vta.).