SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2023-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2023-S3

Fecha: 23-Mar-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.  Cursa requerimiento fiscal de 6 de mayo de 2021, emitido por Gisella Karitina Flores Tapia, Fiscal de Materia -ahora accionada-, dentro del caso EAL1500965, seguido a denuncia de Miriam Mauricia Chuquimia Blanco contra Evert Choque Quispe -hoy accionante-, por la presunta comisión del delito de abuso sexual, previsto y sancionado por el art. 312 del Código Penal (CP), por el cual requirió a la FELCC de El Alto del departamento de La Paz, que mediante la sección que corresponda extienda el certificado domiciliaria del prenombrado, en el plazo de cuarenta y ocho horas (fs. 5).

II.2.  Por memoriales presentados el 3 y 29, ambos de septiembre de 2021, a la Fiscal de Materia accionada, y el impetrante de tutela pidió diferentes requerimientos, a fin de contar con documentación y solicitar la cesación de su detención preventiva, considerando que a “la fecha” se encuentra privado de libertad por más de seis años, seis meses y veinticuatro días. En respuesta, por proveído de 30 del citado mes y año, la mencionada Fiscal dispuso: “Acuda ante la autoridad competente” (sic). Ante ello, habiendo reiterando lo requerido y solicitando la aplicación de la SCP 0505/2019-S3, respecto a que no existiría óbice para que la fiscalía aun presentada la acusación formal pueda emitir requerimientos tendientes a la cesación o modificación de las medidas cautelares, mereció la misma respuesta (fs. 6 a 12).