Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2023-S3
Fecha: 23-Mar-2023
II. CONCLUSIÓN
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. No cursa ninguna documentación referida a las actuaciones que motivaron la presente acción de defensa; sin embargo, la problemática planteada será resuelta conforme a lo consignado en el Acta de audiencia de acción de libertad y la Resolución 24/2021 de 11 de noviembre, emitida por el Juez de Sentencia Penal Decimoquinto de la Capital del departamento de Santa Cruz.