SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0144/2023-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0144/2023-S3

Fecha: 03-Abr-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Consta memorial presentado el 12 de octubre de 2021 dirigido a Emiliano Guzmán Peralta Juez Público Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia, de Partido del Trabajo y Seguridad Social e Instrucción Penal Primero de San Matías del departamento de Santa Cruz, en el cual Rolin Gonzalo Parada Gutiérrez -hoy accionante- consignó el domicilio laboral de María Cristina Díaz Sosa, Ricardo Torres Echalar, Esteban Miranda Terán, José Antonio Revilla Martínez, Marco Antonio Jaimes Molina, Juan Carlos Berrios Albizú, Carlos Alberto Egüez Añez y Olvis Egüez Oliva, Magistrados de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia -ahora accionados- en el Tribunal Supremo de Justicia (fs. 43 vta.); que, mereció, el Auto de admisión de la acción amparo constitucional de la misma fecha, por el cual dicho Juez refirió que se tenía presente para fines de citación (fs. 45).

II.2.  Cursa Informe de 21 de octubre y 15 de noviembre de 2021, dirigido a Emiliano Guzmán Peralta Juez Público Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia, de Partido del Trabajo y Seguridad Social e Instrucción Penal Primero de San Matías del departamento de Santa Cruz; por el que, José Renato Vargas Gemio, Secretario del referido juzgado, informó que no se cumplieron las diligencias correspondientes debido que se encontraba con baja médica (fs. 50 y 201).

II.3.  Por decreto de 27 de diciembre de 2021, emitido por el Juez Público Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia, de Partido del Trabajo y Seguridad Social e Instrucción Penal Primero de San Matías del departamento de Santa Cruz, se establece que en caso de que el accionante “…no cumpla con las diligencias las comisiones instruidas, por secretaria y la Oficial de Diligencias del presente juzgado, realicen las notificaciones vía WhatsApp, Fax y otro medio a los recurridos…” (sic); y, señalando audiencia de acción de amparo constitucional para el 24 de febrero de 2022, a las 14:30 horas (fs. 203.).

II.4.  Cursan capturas de pantallas de notificaciones efectuadas el 21 de febrero de 2022, vía WhatsApp a: a) Sandra Magaly Mendivil Bejarano, Secretaria de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia con un mensaje de texto que indica: “…por este medio y debido a q no contamos con el número de fax u otro medio, le hago conocer la Presente Acción de Amparo Constitucional de 12/10/2021, el Auto de fecha 12/10/2021 y decreto con señalamiento de audiencia de fecha 27/12/2021…” (sic [fs. 204.]); sin constar el número de celular al cual fue enviado y sin merecer ninguna respuesta por parte de dicha Secretaria; y, b) “Vidal Abogados. AAC” (sic), como defensa técnica del accionante, con el decreto de 27 de diciembre de 2021, de señalamiento de audiencia de acción de amparo constitucional (fs. 205).