SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0153/2023-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0153/2023-S2

Fecha: 10-Abr-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Mediante memoriales presentados el 28 de septiembre y 6 de octubre de 2021, ante el Director Departamental de Santa Cruz del INRA, los accionantes a través de su representante, pidió que esa institución denuncie al Ministerio Público por los delitos de avasallamiento y tráfico de tierras contra los autores de ese hecho; asimismo, solicitaron medidas precautorias y cumplimiento de deberes formales y que el citado Instituto remita antecedentes al Ministerio Público, por la comisión de los ilícitos indicados (fs. 7 a 10; y, 12 y vta.).

II.2.  Se tiene Informe Legal DDSC-UDAJ-INF. 380/2021 de 10 de octubre, elaborado por Isabel Zura Cruz, Auxiliar I Jurídico de Asesoría Legal del INRA-Santa Cruz,  bajo la suma: respuesta a las hojas de ruta 11355/2021 y 11872/2021 -no indicó fechas-, refiriendo que: “…se debe de realizar el trabajo de relevamiento de información en campo en cumplimiento a la Resolución Administrativa DN- UFA RES N° 10/2018, para proceder conforme a la norma agraria, asimismo se tiene que conforme al plano del área en conflicto, los mismo[s] se encuentran dentro de la reserva Forestal, por lo que el presente informe se debe pasar a la ABT, para que asuma las acciones legales que correspondan.

         Respecto a la denuncia de Avasallamiento existiendo anomalías se debe realizar primeramente el trámite de Saneamiento, para determinar la posesión” (sic); por otro lado, cursa formulario de notificación en tablero efectuado a Miguel Pimentel Oretea -representante de los peticionantes de tutela-, el 25 de octubre de 2021, a horas 8:30, con el citado Informe Legal (fs. 64 a 71).