SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0164/2023-S2
Fecha: 13-Abr-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Memorándum 0691/14 de 7 de agosto de 2014, según el cual, Luis Manuel Sidney Saavedra Romero -ahora accionante- pasó a prestar sus servicios en la Unidad de Bienes Municipales (fs. 2)
II.2. Consta RA 017/2021 de 9 de febrero, por la que la Jefatura Departamental del Trabajo de Oruro, procedió a reconocer al Directorio del Sindicato Mixto de Trabajadores Municipales del precitado departamento por el periodo de 12 de enero de 2021 hasta el 12 de enero de 2023, en la cual se advierte que el impetrante de tutela forma parte del referido Directorio (fs. 9 a 10).
II.3. Por memorial de imputación formal y solicitud de aplicación de medidas cautelares de 9 de noviembre de 2021, suscrito por Alexander Casanova Arias contra el ahora peticionante de tutela por la supuesta comisión del delito de homicidio (fs. 27 a 34 vta.).
II.4. Cursa Conminatoria de Reincorporación 018/2021 de 30 de noviembre, que determinó: “CONMINAR al Ing. Adhemar Wilcarani Morales, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro a respetar el Fuero Sindical y se proceda a la INMEDIATA REINCOPORACIÓN del Sr. Luis Manuel Sidney Saavedra Romero con C.I. N° 3528210 Or. en el cargo que ocupaba, con el mismo nivel salarial, además de proceder al pago de sus salarios y demás derechos laborales hasta el día de su Reincorporación , dentro el plazo improrrogable de tres (3) días hábiles, a partir de su legal notificación con la presente resolución” (sic[fs. 5 a 7]).
II.5 Consta Informe MTEPS-JDT OR-RMH-1158-INF/21 de 30 de diciembre, que evidenció que el ejecutivo municipal no habría dado cumplimiento a la Conminatoria emitida (fs. 8 y vta.).