SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0228/2023-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0228/2023-S2

Fecha: 25-Abr-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.     Cursa Conminatoria MTEPS-JDTP 004/22 de 11 de marzo de 2022, pronunciada por Luis Alejandro Garvizu Echavé, Jefe Departamental de Trabajo de Pando, por la cual ordena a Ana Lucia Reis Melena, Alcaldesa del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija del citado departamento -ahora demandada-, reincorporar a Faviola Faviana Flores Kuno -hoy accionante-, en su mismo puesto y rango de la escala salarial, sea en el plazo de tres días hábiles (fs. 2 a 4).

II.2.   Consta Informe G.A.M.C./D.RR.HH. 0114/2022 de 18 de marzo, con referencia “HACE CONOCER CITE: MTEPS-JDTP N° 053/22- C.E. N° 681/2022.- INFORME (…) REINCORPORACION SEÑORA FAVIOLA FAVIANA FLORES KUNO.-” (sic), suscrito por el prenombrado Jefe de la Unidad de Administración de Personal del referido Gobierno Municipal, dirigida a Juan Manuel Ruiz Moscoso, Presidente del Concejo Municipal de dicha institución y a Faviola Faviana Flores Kuno, que remitió la Conminatoria para su cumplimiento (fs. 20).

II.3.   Por Nota G.A.M.C./D.RR.HH. 0123/2022 de 23 de marzo, Hugo Alberto Rodríguez Añez, Jefe de la Unidad de Administración de Personal de la mencionada entidad edil,  informó a     Aleida Candia Parada, Asesora Jurídica de dicho establecimiento, que Faviola Faviana Flores Kuno, fue incorporada de acuerdo al documento “G.A.M.C./D.RR.HH. 0114/2022”, mismo que fue recibido “…por la aludida y el H. Concejo Municipal de Cobija” (sic [fs. 19)].