SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0318/2023-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0318/2023-S3

Fecha: 27-Abr-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Cursa memorial de inicio de investigación preliminar de 14 de junio de 2018, presentado por la Fiscal de Materia, en el proceso penal seguido contra Beatriz Salomé Rodríguez Adrián -ahora accionante-, por la presunta comisión de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado y delitos financieros (fs. 5).

II.2.    Por memorial presentado el 10 de agosto de 2018, dirigido ante la Jueza de Instrucción Penal Sexta de la Capital del departamento de Cochabamba, la Fiscal de Materia hizo conocer que se amplió el plazo de investigación del proceso penal seguido contra la accionante (fs. 6).

II.3.    Consta Resolución de rechazo de querella de 25 de febrero de 2019, emitida por la Fiscal de Materia, dirigida a la Jueza de Instrucción Penal Sexta de la Capital del departamento de Cochabamba, mediante la cual determinó el rechazo del proceso penal seguido contra la accionante (fs. 7 a 10 vta.).

II.4.    Mediante memorial de 17 de abril de 2019, dirigido a la Fiscal de Materia, Alberto Alfredo Sarti Ergueta -hoy tercero interesado- formuló objeción a la Resolución de rechazo de querella de 25 de febrero de igual año, (fs. 11 a 12 vta.).

II.5.    Cursa Resolución Jerárquica FDC/OETC OR-OD 416/2019 de “11 de marzo”, pronunciada por el ex Fiscal Departamental de Cochabamba, mediante la cual revocó la Resolución de rechazo de querella de 25 de febrero de 2019, disponiendo la continuación de la investigación contra la accionante (fs. 15 a 18 vta.).

II.6.    Por memorial presentado el 26 de febrero de 2021, dirigido a la Jueza de Instrucción Penal Sexta de la Capital del departamento de Cochabamba, la accionante solicitó, control jurisdiccional dentro del proceso penal seguido contra su persona; en virtud a que, el plazo de la etapa preliminar finalizó y el Ministerio Público no emitió ninguna resolución conclusiva (fs. 20 a 21).

II.7.    A través del memorial presentado el 29 de marzo de 2021, la Fiscal de Materia, presentó ante la Jueza de Instrucción Penal Sexta de la Capital del departamento de Cochabamba, la Resolución de rechazo de 23 del citado mes y año, en favor de la accionante (fs. 23 a 28).

II.8.    Consta memorial de 10 de mayo de 2021, dirigido a la Fiscal de Materia; a través del cual el ahora tercero interesado, objetó la Resolución rechazo de 23 de marzo de igual año (fs. 30 a 31).

II.9.    Cursa Resolución Jerárquica FDC/NGGR OR 863/2021 de 22 de noviembre, emitida por Nuria Gisela Gonzáles Romero, Fiscal Departamental de Cochabamba -ahora accionada- por la cual revocó la Resolución de rechazo de 23 de marzo de 2021, disponiendo la prosecución de la investigación (fs. 33 a 35 vta.).