SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0135/2023-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0135/2023-S4

Fecha: 17-Abr-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Mediante Sentencia de 5 de marzo de 2015, dictada por el Juez de Sentencia Penal Cuarto del departamento de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por Álvaro Giovanni Vargas Vega –ahora tercero interesado–, en contra de Rene Simón Orellana Carballo –hoy accionante–, se declaró al procesado autor y culpable de la comisión del delito de estafa, imponiéndole la sanción de tres años y seis meses de reclusión a cumplirse en el Centro Penitenciario de San Sebastián Varones del nombrado departamento; y, multa de Bs750.- (setecientos cincuenta bolivianos), a cancelar al tercer día de ejecutoriado dicho fallo, con costas, daños y perjuicios a favor de la víctima, averiguables una vez que el mismo adquiera la calidad de firme y ejecutoriado (fs. 106 a 112 vta.).

II.2.    A través del memorial presentado el 9 de abril de 2015, el impetrante de tutela interpuso recurso de apelación restringida contra la Sentencia de 5 de marzo del mencionado año, solicitando que el Tribunal de alzada anule el fallo impugnado (fs. 120 a 131).

II.3.    Por Auto de Vista de 3 de septiembre de 2021, Mirtha Mabel Montaño Torrico y Oscar Florero Florero, Vocales de la Sala Penal Primera –titular– y Segunda –convocado–, ambos del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba –ahora demandados–, determinaron declarar improcedente el recurso de apelación restringida descrito en la Conclusión previa; consecuentemente, confirmó el fallo impugnado; decisión que le fue notificada al solicitante de tutela el 19 de noviembre de 2021, en su domicilio procesal ubicado en la calle Bolívar E-639, mezzanine, oficina 4, del edificio “El Profesional”, donde consta que se dejó copia de ley en presencia de testigo (fs. 153 a 161; y, 242).

II.4.    Consta notificación procesal realizada el 11 de enero de 2022, a Rene Simón Orellana Carballo con el Auto de 6 de igual mes y año, vía WhatsApp al teléfono 76433443 (fs. 170).