SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0189/2023-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0189/2023-S4

Fecha: 28-Abr-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    El Tribunal Supremo Electoral, de conformidad a los resultados del cómputo nacional de la elección de altas autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional de 3 de diciembre de 2017, confirió Credencial de Consejera Suplente del Consejo de la Magistratura a Mirtha Gaby Meneses Gómez, extendida el 20 de igual mes y año (fs. 117).

II.2.    Por memorial presentado el 2 de agosto de 2021, la ahora accionante Mónica Vivian Céspedes Machicao, solicitó al Presidente e integrantes del Consejo de la Magistratura el cumplimiento del art. 22.1 de la LOJ, bajo el argumento de que desde el 3 de diciembre de 2017, los Consejeros suplentes Marvin Arsenio Molina Casanova, cumplió labores en el Ministerio de Trabajo y el Tribunal Supremo de Justicia; Mirtha Gaby Meneses Gómez, desempeñó las labores de Vocal del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, y Sandra Cinthya Soto Pareja, desempeñó funciones en el Ministerio de Justicia, la Dirección del Notariado Plurinacional e incluso fue candidata a Diputada Uninominal por Oruro, por el partido político del MAS-ISP, en las elecciones generales de 2019, razón por la que solicitó se aparte del Pleno del Consejo de la Magistratura a los ex Consejeros Suplentes Marvin Arsenio Molina Casanova y Sandra Cinthia Soto Pareja, quienes renunciaron tácitamente a sus cargos, debiendo convocar a los Consejeros suplentes que no tienen dicha incompatibilidad (fs. 6 y vta.).

II.3.    A través del escrito presentado el 2 de agosto de 2021, Mirtha Gaby Meneses Gómez solicitó al Presidente del Consejo de la Magistratura de ese entonces; que en estricta observancia del art. 174.II de la LOJ, se le convoque en su calidad de segunda suplente Consejera, para el Consejo de la Magistratura, ante el impedimento legal de los Consejeros titulares Dolka Vanessa Gómez Espada y Gonzalo Alcón Aliaga. Solicitud que fue reiterada por memorial presentado el 9 de agosto de igual año (fs. 120 y 121).

II.4.    Mediante memorial de 3 de agosto de 2021, dirigido al Presidente y Vocales de la Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral, la hoy impetrante de tutela impugnó la habilitación de Consejeros y Consejeras suplentes del Consejo de la Magistratura, con los mismos argumentos insertos en la nota de 2 de agosto de 2021, presentada por ella y dirigida al Presidente y Consejeros del Consejo de la Magistratura (fs. 19 y vta.).

II.5.    Cursa CITE OF. SP-CM 925/2021 de 13 de agosto, por medio del cual, el Presidente del Consejo de la Magistratura, Omar Michel Durán, en respuesta a los memoriales de 2, 9 y 11 de agosto de 2021, presentados por Mirtha Gaby Meneses Gómez, en el marco de lo dispuesto en el art. 174.II de la LOJ y toda vez que, la prenombrada acreditó en el último memorial la nota de aceptación de su renuncia al cargo de Vocal de la Sala Constitucional del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; al no tener impedimento para asumir el cargo de Consejera suplente legal, según lo previsto en el art. 236.I de la CPE, se la convocó para asumir el citado cargo, debiendo incorporarse una vez que dé cumplimiento a los trámites administrativos correspondientes (fs. 122).

II.6.    El 5 de enero de 2022, en mérito a la solicitud del Presidente del Consejo de la Magistratura, Omar Michel Durán, habiendo dado cumplimiento a la SCP 0681/2021-S3 de 29 de septiembre, y al art. 174.II de la LOJ, que confirió la titularidad a los Consejeros suplentes de la Magistratura, el Tribunal Supremo Electoral, en aplicación de la normativa vigente y la Resolución TSE-RSP-ADM 004/2022 de 5 de enero, confirió Credencial de Consejera Titular a Mirtha Gaby Meneses Gómez (fs. 118).

II.7.    Según datos que arroja el formulario del Sistema Integrado de Gestión y  Modernización Administrativa (SIGMA) del Órgano Judicial, emitido el 11 de enero de 2023, se tiene que Mirtha Gaby Meneses Gómez, asumió funciones como Coordinadora Departamental del Tribunal Constitucional Plurinacional de Cochabamba del 26 de febrero de 2018 al 14 de febrero de 2019; como Vocal Constitucional del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba del 18 de febrero de 2019 al 1 de enero de 2020; como Vocal del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba del 2 de enero de 2020 al 9 de agosto de 2021 (fs. 137). Marvin Arsenio Molina Casanova, cumplió funciones como Director Jurídico del SERNAP del 15 de enero de 2018 al 14 de marzo de 2018; como Jefe de Gabinete del Ministerio de Cultura del 19 de marzo de 2018 al 21 de agosto de 2018, como Jefe de Unidad de Transparencia y Director General de Empleo, ambos cargos dependientes del Ministerio de Transparencia, del 30 de agosto de 2018 al 9 de diciembre de 2019; como funcionario de Secretaría General y posteriormente como Secretario General del Tribunal Constitucional Plurinacional desde el 17 de febrero de 2020 al 26 de julio de 2021 (138 a 139). Mónica Vivian Céspedes Machicao, desempeñó funciones como personal de apoyo de Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral del 7 de octubre de 2020 al 20 de diciembre de igual año (fs. 185).