SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2023-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2023-S4

Fecha: 10-Abr-2023

II. CONCLUSIONES

Del análisis y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

Respecto a Niels Pedrazas Terrazas y Verónica Soledad Villarroel Méndez

II.1.    Escritura Pública de Transferencia de Lote de Terreno testimonio 110/2010 de 20 de marzo, otorgada por el Notario de Fe Pública de Primera Clase 14 del Distrito Judicial de Cochabamba, Gualberto Villarroel Bautista transfirió a favor de Niels Pedrazas Terrazas y Verónica Soledad Villarroel Méndez un lote de terreno sito en la urbanización Esmeralda Sud, lote 15 (fs. 2 a 3 vta.).

II.2.    Cursa Folio Real con Matrícula Computarizada 3101010011387, de un inmueble (lote de terreno), ubicado en el manzano W, de la urbanización Esmeralda Sud, lote 15, con una superficie de 301 m², de propiedad de los impetrantes de tutela (fs. 4).

II.3.    Consta Certificado sobre la propiedad al inmueble de 17 de mayo de 2010, emitido por la Honorable Alcaldía Municipal de Sacaba, de un lote de terreno con una superficie de 301 m², ubicado en zona Esmeralda Sud, con Matrícula Computarizada 3101010011387, de propiedad de Niels Pedrazas Terraza, adquirido de Gualberto Villarroel (fs. 5), y un plano de certificación con iguales características (fs. 6), al igual que comprobantes de pago de impuestos a la propiedad (fs. 7 a 10).

Respecto a Ruth Janeth Villarroel Méndez

II.4.    Mediante Escritura Pública de Transferencia de Lote de Terreno testimonio 122/2010 de 25 de marzo, otorgado por el Notario de Fe Pública de Primera Clase 14 del Distrito Judicial de Cochabamba, Gualberto Villarroel Bautista vendió a Ruth Janeth Villarroel Méndez, un lote de terreno sito en la urbanización Esmeralda Sud, lote signado con el número 8 (fs. 16 a 17 vta.).

II.5.    Cursa Folio Real con Matrícula Computarizada 3101010011392, de un inmueble (lote de terreno) manzana W, sito en urbanización Esmeralda Sud, lote 8, con una superficie de 322.50 m², de propiedad de la accionante (fs. 18 ).

II.6.    Consta Certificado sobre la propiedad al inmueble, de 28 de abril de 2010, emitido por la entonces Honorable Alcaldia Municipal de Sacaba, de un lote de terreno con una superficie de 322.5 m², ubicado en zona Esmeralda Sud, con Matrícula Computarizada 3101010011392, de propiedad de la impetrante de tutela (fs. 19); así también, plano de certificación con iguales características (fs. 20), al igual que comprobantes de pago de impuestos a la propiedad (fs. 21 a 25).

II.7.    Cursa muestreo fotográfico en el cual se evidencia el levantamiento de muro, zapatas, columnas y construcciones sobre unos lotes de terreno (fs. 33 a 46).

Alberto Licona Solis, demandado

II.8.    Cursa Certificado de emisión de dotación de tres parcelas de terreno mediante Título Ejecutorial emitido por el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA), de 24 de noviembre de 1986, 000080, expediente 8847, otorgado a favor de Tomás Licona, (padre del demandado), de una propiedad denominada Esmeralda Sud, ubicada en el cantón Sacaba, Provincia Chapare, Departamento Cochabamba (fs. 76 y vta.).

II.9.    Por Testimonio de Declaratoria de Herederos de 19 de noviembre de 1993, elaborado ante el Juez del Juzgado Público Civil y Comercial Décimo Tercero del departamento de Cochabamba, se dispuso la declaratoria de heredero al demandado, al fallecimiento de su padre Tomás Licona del demandado, junto a su madre y hermanos, estos últimos habían tramitado la herencia en forma separada (fs. 77 a 84 vta.).

II.10.  Cursan Folios Reales con Matrículas Computarizadas 3101010059087 y 3101010059088, de un inmueble (lote de terreno), sito en ex fundo la Esmeralda Sud, parcelas 2 y 3, con una superficie de 3382 m² la primera y 1377 m² la segunda, propiedad de la Emilia Soliz Vda. de Licona (madre del demandado) (fs. 18).