SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2023-S2
Fecha: 03-Abr-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Memorándums 799/10 de 8 de octubre de 2010, dirigido a María Patricia Gutiérrez Zabala, designándola Secretaria VI con nivel salarial 12; Memorándum 019/15 de 11 de enero de 2015, a Cristina Meliza Montaño Seltzer, en el cargo de Asistente de Personal en Comisión de la Dirección de Recursos Humanos (RR.HH.), nivel salarial 8.2; y, Memorándum 234/2020 de 30 de noviembre a Vania Paola Rosado Centellas, como TÉCNICO III-PROCURADOR, del Servicio Legal Integral Municipal (SLIM) DEPENDIENTE LA Dirección Municipal de Género, Generacional, Secretaría Municipal de Desarrollo Humano, nivel salarial 6.3; -ahora accionantes- (fs. 5, 8 y 2).
II.2. Por RA 033/2021 de 6 de abril, la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz, procedió a reconocer al Directorio del Sindicato de Trabajadores Municipales de Montero, por el periodo de 18 de marzo de 2021 hasta el 17 de marzo de 2023, en la cual se advierte que las demandantes de tutela forman parte del referido Directorio (fs. 10 y vta.).
II.3. Consta Memorándum RMP 0605/2021-R de 26 de agosto, suscrito por el Secretario Financiero del Gobierno Autónomo Municipal de Montero, recibido el 1 de septiembre 2021, por Vania Paola Rosado Centellas; Memorándum RMP 0642/2021-R de 8 de octubre, recibido el 13 de similar mes, por Cristina Meliza Montaño Seltzer; Memorándum RMP 0651/2021-R de 12 de octubre, recibido el 13 de igual mes y año por María Patricia Gutiérrez Zabala; de terminación de servicios, en todos consta aclaración de que no están conforme porque se estarían lesionando sus derechos (fs. 3, 6 y 9).
II.4. Mediante Conminatoria de Reincorporación por Estabilidad Laboral - Fuero Sindical RNC/64/2021 de 7 de diciembre, dirigida a la entidad edil citada, se conminó a la reincorporación a su fuente laboral y pago de salarios devengados desde el despido injustificado de las impetrantes de tutela, notificada a la entidad demandada el 20 del mismo mes y año (fs. 11 a 14).
II.5 A través de Informe de Verificación de Cumplimiento de Conminatoria de Reincorporación INF.VERF./03/2021 de 28 de diciembre, el Inspector de Trabajo, evidenció que la entidad edil, no habría dado cumplimiento (fs. 15 a 16).
II.6. Por Memorándum 0140/2022-Reincp. de enero, dirigido a María Patricia Gutiérrez Zabala se lo comunicó su reincorporación al cargo de Técnico II de la Dirección Municipal de RR.HH. y Memorándum 0141/2022-Reincp. de similar mes, a Cristina Meliza Montaño Seltzer, reincorporándola en el cargo de Técnico I de la Dirección Municipal Administrativa; y, 0142/2022 Reincp. de igual mes, a Vania Paola Rosado Centellas, en el cargo de Técnico III de la Dirección Municipal de Género Generacional; todas ellas sin constancia de recepción (fs. 62 a 64).