SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2023-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2023-S4

Fecha: 17-Abr-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Consta fotocopias de boletas de pago contrato de Recursos Humanos (RR.HH.) del Gobierno Autónomo Municipal de Potosí –entidad hoy demandada– correspondiente a Fresia Chacón Puma –ahora accionante– de junio y agosto de 2016; septiembre, noviembre y diciembre de 2018; enero a diciembre 2019; enero, abril, mayo, junio, agosto, octubre, noviembre y diciembre de 2020; enero, febrero, marzo y julio de 2021 (fs. 5 a 14). 

II.2.    A través de Contrato de Prestación de Servicios, suscrito el 1 de enero de 2010, entre el Gobierno Autónomo Municipal de Potosí y Fresia Chacón Puma –hoy impetrante de tutela–, como apoyo en proyectos de inversión, con vigencia de trescientos sesenta y cinco días (fs. 17).

II.3.    Mediante Contrato de Prestación de Servicios 262/2013, de 2 de enero, suscrito entre la entidad edil demandada y la solicitante de tutela, como técnico a disposición del Administrador del Cementerio General, quien se constituye en su inmediato superior, por un periodo de ochenta y ocho días; es decir, del 3 de enero al 30 de marzo de 2013 (fs. 18 vta.).

II.4.    Asimismo, el Contrato de Prestación de Servicios 1080/2021 de 6 de enero, suscrito entre la citada entidad edil y la accionante, como auxiliar dependiente del Cementerio General, del 6 de enero hasta el 4 de abril de 2021 (fs. 19 a 21 vta.).

II.5.    Cursa Contrato de Prestación de Servicios 2814/2021, de 8 de abril, suscrito por las mismas partes para desempeñar funciones de auxiliar dependiente del Cementerio General a partir de esa fecha hasta el 5 de julio de 2021; de igual modo cursa otro Contrato 7003/2021 del 14 de julio hasta 10 de octubre del referido año (fs. 22 a 23 vta. y 24 a 27).

II.6.    Consta Certificado de Trabajo, de 14 de junio de 2021, emitido por Lucio Contreras Chacón, Administrador del Cementerio General, del Gobierno Autónomo Municipal de Potosí, por el cual se advierte que Fresia Chacón Puma, viene prestando servicios como auxiliar de oficina de esa unidad desde 2009 (fs. 16 vta.).

II.7.    Mediante Certificado de Nacimiento, se advierte que, NN nació el 4 de mayo de 2021, teniendo como madre progenitora a  la impetrante de tutela (fs. 72).

II.8.    Por RA Conminatoria de Reincorporación – JDTP –HRF 070/2021 de 26 de octubre, Herbert Ruiz Flores, Jefe Departamental de Trabajo de Potosí, Resuelve conminar al Gobierno Autónomo Municipal de ese departamento, para que en el plazo de cinco días improrrogable a partir de su notificación, reincorpore a las trabajadoras Fresia Chacón Puma y otra, al mismo puesto que ocupaba, más el pago de salarios y demás derechos sociales que correspondan a la fecha; siendo notificado la parte demandada para cuyo efecto, el 5 de noviembre del mismo año (fs. 31 a 37 vta.).

II.9.    A través de memorial presentado el 22 de noviembre de 2021, Jhonny Llally Huata, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Potosí, interpone ante el Director Departamental de la Inspectoría del Trabajo, Recurso de Revocatoria contra la RA Conminatoria de Reincorporación JDTP – HRF 070/2021 (fs. 40 a 49). 

II.10.  Consta Informe MTEPS –JDT PT-BQA-014-INF/21 de 26 de noviembre de 2021, emitido por Bismarck Nelson Quispe Aviza, Inspector de la Jefatura de Trabajo de Potosí, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social; el cual, tiene por referencia la verificación de cumplimiento de la RA Conminatoria de Reincorporación JDTP – HRF 070/2021; para lo cual, ese mismo día se apersonó ante el Asesor Jurídico del Gobierno Autónomo Municipal de Potosí; quien manifestó que no ha reincorporado al trabajador a su fuente laboral; toda vez que, se habría presentado Recurso de Revocatoria, por parte de la entidad demandada, “entendiéndose así que no se convocó al trabajador para que esta misma retorne a su fuente laboral”; notificada que fue la parte accionante el 29 del citado mes y año (fs. 39 a 49 vta.).   

II.11.  Cursa RA JDTP – HRF 036/2021 de 17 de diciembre; por el cual, Herbert Ruiz Flores, Jefe Departamental de Trabajo de Potosí del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, en virtud a la solicitud del Recurso de revocatoria de 22 de noviembre de ese año, interpuesto por la parte demandada, resuelve CONFIRMAR la RA Conminatoria de Reincorporación JDP-HRF 070/2021 (fs. 50 a 57 vta.).