SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0294/2023-S3
Fecha: 17-Abr-2023
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 20 de 21 de septiembre de 2021, cursante de fs. 23 vta.
CORRESPONDE A LA SCP 0294/2023-S3 (viene de la pág. 8).
a 24 vta. y 26, pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Decimoprimero de la Capital del departamento de Santa Cruz; y, en consecuencia:
1º CONCEDER en parte la tutela solicitada respecto al derecho al debido proceso en sus elementos de motivación, fundamentación y congruencia.
a) Disponer que el Vocal de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz emita un nuevo Auto de Vista que se pronuncie sobre el agravio relacionado al art. 239.2 del Código de Procedimiento Penal, en atención a los fundamentos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, salvo que por el transcurso del tiempo su situación jurídica no hubiese variado; y,
2º DENEGAR la tutela solicitada con relación al derecho al debido proceso en sus elementos a la presunción de inocencia, igualdad efectiva de las partes, defensa, tutela judicial efectiva y celeridad, de acuerdo a los fundamentos jurídicos expuesto en el presente fallo constitucional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori