SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0314/2023-S3
Fecha: 27-Abr-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Voto Resolutivo de 23 de marzo de 2022, mediante el cual la Asamblea General de la Asociación de Comerciantes Minoristas en Artículos Varios “FORTALEZA”, conminaron al Directorio de la referida Asociación al retiro o desistimiento de la acción de amparo constitucional presentado contra Mónica Eva Copa Murga, Alcaldesa; Martin Aliaga Mamani, Director de Ferias y Mercados; y, Jorge Ronald Revollo Fernández, Secretario Municipal de Seguridad Ciudadana y Movilidad Urbana, todos del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto del departamento de La Paz; y, Nelson Vichini Condori, Presidente de la Junta Vecinal Villa Bolívar “D” de la ciudad de El Alto del referido departamento -ahora accionados-, con la finalidad de no entorpecer el dialogo con el citado Gobierno Autónomo Municipal (fs. 262 a 265).
II.2. Cursa memorial presentado el 29 de marzo de 2022, ante la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, a través del cual Félix Machicado Aliaga, Secretario General de la Asociación de Comerciantes Minoristas en Artículos Varios “FORTALEZA” -ahora accionante-, en cumplimiento del Voto Resolutivo emitido por la Asamblea General Ordinaria de la referida Asociación, efectuada el 23 de marzo de 2023, desiste de la acción de amparo constitucional, pidiendo al Tribunal Constitucional Plurinacional considere la solicitud (fs. 266 y vta.).