SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0282/2023-S2
Fecha: 04-May-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Dentro del proceso laboral por pago de beneficios sociales y derechos laborales seguido por Abimael Edwin Zapata Alanoca -ahora tercero interesado- contra César Durán Chuquimia, -hoy accionante-, en representación de la Empresa “LOCOSNET”; mediante Auto Supremo 233 de 21 de abril de 2021, la Sala Social Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, declaró infundado el recurso de casación formulado por el impetrante de tutela contra el Auto de Vista 213/2019 de 7 de octubre, dictado por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, confirmando la Sentencia 157/2015 de 5 del mismo mes, que por su parte declaró probada en parte la demanda disponiendo cancelar a favor del demandante la suma de Bs35 268,76.- (treinta y cinco mil doscientos sesenta y ocho 76/100 bolivianos), por concepto de reajuste al salario mínimo, desahucio, indemnización, recargo nocturno devengado, vacaciones y aguinaldo, más la actualización y multa reguladas en el art. 9 del Decreto Supremo (DS) 28699 de 1 de mayo de 2006 (fs. 3 a 7 vta.).
II.2. Mediante Auto Supremo 233, descrito en la Conclusión precedente, fue notificado por cédula al tercero interesado, el 20 de mayo de 2021, a horas 8:45. Por su parte, consta notificación también efectuada vía cédula fijada en Secretaría de la Sala Social Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, realizada a la “EMPRESA ‘LOCOSNET’”, en igual data a la antes señalada, a horas 8:46 (fs. 112).
II.3. La presente acción de amparo constitucional fue interpuesta el 26 de noviembre de 2021 (fs. 25).