SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0291/2023-S2
Fecha: 05-May-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa nota de 6 de diciembre de 2021, emitida por la Jueza demandada con la suma “…REMISIÓN DE EXPEDIENTE ORIGINAL POR VACACIÓN JUDICIAL” (sic) caratulado dentro del proceso penal instaurado por Dilma Morochi Soto contra Edelfrida Maldonado Vargas -accionante- y otro, haciendo constar que la prenombrada se encontraba detenida en el Centro Penitenciario San Sebastián Mujeres de Cochabamba; misiva que fue recepcionada el 23 de igual mes y año, en el Juzgado de Instrucción Primero de Quillacollo del indicado departamento (fs. 11).
II.2. Consta acta de audiencia de garantías de 24 de diciembre de 2021, acto procesal celebrado por la Jueza de Ejecución Penal Tercera del señalado departamento, constituida en Jueza de garantías, en la que se dio lectura tanto al mecanismo de defensa como a los informes de las demandadas (fs. 14 a 15).