SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0294/2023-S2
Fecha: 05-May-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Se tiene mandamiento de libertad definitiva -por indulto- librado el 21 de diciembre de 2021, por el Juez de Ejecución Penal Segundo del departamento de La Paz; el cual, en mérito a lo establecido por el Decreto Presidencial 4461, ordenó al Director del Centro Penitenciario San Pedro del aludido departamento, poner en libertad definitiva a Santos Gutiérrez Sebastián -peticionante de tutela-; con cargo de recepción de dicho recinto carcelario de 22 del citado mes y año a horas 10:37 (fs. 9).
II.2. Cursa decreto de 23 de diciembre de 2021, emitido por la Secretaria del citado Juzgado, providenciando que en esa fecha a horas 13:19, se procedió con la verificación del mandamiento de libertad definitiva correspondiente al accionante (fs. 10).
II.3. Por informe de 23 de similar mes y año, el verificador del mencionado recinto penal certificó que el aludido mandamiento de libertad “…SI corresponden a los datos del ciudadano: SANTOS GUTIERREZ SEBASTIÁN…” (sic [fs. 11]).
II.4. Consta Acta de Libertad de 23 de diciembre de 2021, suscrita por el Comandante de Guardia, el Jefe de Seguridad Interna del aludido Centro Penitenciario y el impetrante de tutela, evidenciándose que este último fue puesto en libertad la supra citada fecha a horas 17:35 (fs. 13).