SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0296/2023-S4
Fecha: 15-May-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y análisis de los antecedentes que cursan en obrados, se tiene lo siguiente:
II.1. Mediante Requerimiento Fiscal de 29 de octubre de 2021, Jhenny Zulema Benitez Gonzales –ahora demandada–, requirió al Director del Hospital de la Caja Nacional de Caminos de Riberalta, remitir el historial clínico; así como, el informe médico correspondiente a Daniel Monje Chuqui –hoy accionante–, en el plazo de cuarenta y ocho horas (fs. 57).
II.2. Por memorial presentado de 30 de octubre de 2021, el impetrante de tutela, solicitó a la Fiscal de Materia asignada a su proceso penal, requerimiento fiscal para informe de verificación domiciliaria y social por el área social de la CSC y RA, con recomendación de provisión de medicamentos (fs.16 a 17).
II.3. A través de Proveído Fiscal de 1 de noviembre de 2021, Carmelo Laura Yujra, Fiscal de Materia en suplencia legal; señaló que, los requerimientos ya habían sido diligenciados (fs. 18).
II.4. Por memorial de 15 de noviembre del mismo año, el impetrante de tutela, solicitó al Ministerio Público, examen médico legal lesionológico por el médico forense del IDIF (fs. 15).
II.5. Mediante Requerimiento Fiscal de 16 de noviembre de 2021, emitido por la Fiscal de Materia ahora demandada, se dispuso la asignación de un médico forense de la ciudad de Riberalta y que éste realice examen médico forense fisiológico del imputado (fs. 54).