SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0308/2023-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0308/2023-S2

Fecha: 09-May-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Cursa Testimonio de la Escritura Pública 166/1998 de 28 de septiembre, sobre la compra de un lote de terreno con extensión superficial de 16,6482 ha, ubicado en la zona de Mosoj Llajta de Sacaba del departamento de Cochabamba, otorgado por Leónidas Morgana Zambrana a favor de Olga Calle Ruiz -ahora impetrante de tutela-, por la suma de Bs70 000.- (setenta mil bolivianos [fs. 3 a 5 vta.]).

II.2.    Consta fotocopia de folio real con Matricula Computarizada 3.10.1.01.0020099 de un lote de terreno de 166482 m2 registrado a nombre de Olga Ruiz Calle (fs. 56). Asimismo, formulario de información rápida de 11 de marzo de 2022, del referido inmueble a nombre de la ahora solicitante de tutela (fs. 7).

II.3.    Por memorial dirigido al Gobierno Autónomo Municipal de Sacaba del departamento de Cochabamba, la accionante solicitó la paralización de construcciones clandestinas, consistente en la construcción de un muro perimetral teniendo en el interior del mismo cuatro dormitorios que fueron construidos desde la gestión 2014, por lo que pidió que el inspector verifique in situ dichas construcciones y proceda a la toma de placas fotográficas y recabe información para el proceso administrativo sancionador (fs. 8).

II.4.   Mediante informe pericial de 18 de febrero de 2022, Fernando Méndez Poma en su calidad de perito de parte de la ahora solicitante de tutela, concluyó que el muro perimetral que existe actualmente no figuraba en el registro de fotos satelitales de google earth porque el mismo tuvo que ser construido a principios de 2022; asimismo, se encontraba el material de construcción, los bloques construidos estaban habitados por la impetrante de tutela, dado que tenía objetos personales dentro de los bloques (fs. 11 a 21).

II.5.    Cursa muestrario fotográfico de inicio y conclusión de la construcción del muro perimetral (fs. 22 a 24).

II.6.    Se tiene acta de verificación física de construcciones clandestinas de 19 de febrero de 2022, realizada por la Notaria de Fe Pública 3 de Sacaba del departamento de Cochabamba y muestrario fotográfico (fs. 26 a 32).

II.7.    Consta Comunicación Interna con CITE: CI/SP-DGU-110/2022 de 30 de marzo, dirigida al Director Jurídico del Gobierno Autónomo Municipal de Sacaba del departamento de Cochabamba, que señala que de la revisión de trámites que existen en la Dirección de Gestión Urbana y Territorial, cursa la solicitud presentada por la hoy accionante donde solicita orden de paralización de construcciones clandestinas, en virtud a la cual y previas las coordinaciones; por cuanto dentro de la solicitud no se acompaña un plano georreferenciado del predio en cuestión para poder actuar de forma inmediata, se efectuaron las siguientes actuaciones de paralización de obras: Primera boleta de paralización de obras y citación 0008667 de 17 de febrero de 2022, dirigida contra los presuntos infractores por realizar los trabajos de construcción de la muralla y verja; y, Segunda Boleta de paralización y citación 0008674 de 22 de igual mes y año. Asimismo, se refirió que, de la revisión del sistema de seguimiento de trámites de la Unidad de Ventanilla Única, no se identificó ninguna solicitud de aprobación o permisos de construcción a nombre de José Herrera Ramos. De igual forma, de la revisión de trámites que cursan en la Unidad de Archivos de Urbanismo de esa entidad municipal tampoco se verificó que exista alguna aprobación a nombre de José Herrera Ramos (fs. 53 a 54).