SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0338/2023-S2
Fecha: 10-May-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa acta de inspección técnica ocular de 10 de febrero de 2020, a horas 15:30 hasta 16:45, a requerimiento fiscal solicitado por el impetrante de tutela mediante memorial presentado el 24 de enero de igual año, en el barrio Mirador del Norte del municipio de Apolo, juntamente con Limbert Manuel Orozco Carvajal, Fiscal de Materia, asignado al caso, suscrita por Guido Machaca Choque, funcionario policial, las partes procesales y sus abogados patrocinantes, mas muestrario fotográfico (fs. 184 y vta.; y, 199 a 221).
II.2. Dentro del proceso investigativo penal seguido contra Felipe Miguel Pumari Yuchina, Clemente Ramos Mamani y Ángel Huanaco Vasurco -hoy terceros interesados-, instaurado por Juan Ricardo Quispe Mamani -ahora accionante-, por la presunta comisión del delito de lesiones graves y leves, tipificado en el art. 271 del CP, el Fiscal de Materia a cargo de la investigación emitió la Resolución de Sobreseimiento - RES. JCFH/RS 001/2021 de 25 de marzo (fs. 236 a 241 vta.).
II.3. A través de la Resolución FDLP/WEAL/S - 162/2021 de 20 de julio, el Fiscal Departamental de La Paz -emergente de la impugnación a dicho requerimiento conclusivo mediante escrito de 28 mayo de ese año-, determinó “RATIFICAR el Requerimiento Conclusivo de Sobreseimiento - RES. JCFH/RS 001/2021 (…) en favor de Felipe Miguel Pamuri Yuchina, Clemente Ramos Mamani y Ángel Huanaco Vasurco…” (sic), disponiendo la conclusión del proceso (fs. 242 a 244 vta. y 288 a 292 vta.).