SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0403/2023-S2
Fecha: 30-May-2023
Ahora bien, conforme lo informado por el demandado en la presente acción de libertad, se tiene que la Presidencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante el Instructivo 02/2021 P-TDJLP, organizó los horarios para que exista un trab
En consecuencia, el Juez de garantías al denegar la tutela impetrada, actuó de forma correcta.
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve CONFIRMAR la Resolución 47/2021 de 28 de diciembre, cursante de fs. 19 a 20 vta., pronunciada por el Juez de Sentencia Penal Decimotercero de la Capital del departamento de La Paz; en consecuencia, DENEGAR la tutela impetrada.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Ahora bien, conforme lo informado por el demandado en la presente acción de libertad, se tiene que la Presidencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante el Instructivo 02/2021 P-TDJLP, organizó los horarios para que exista un trab