SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0430/2023-S3
Fecha: 16-May-2023
II. CONCLUSIÓN
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Consta memorial de 5 de mayo de 2022, dirigido a la Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primera de Tupiza del departamento de Potosí, a través del cual Judith Aurora Miranda Gómez de Terán -hoy accionante- con la suma de “DESISTIMIENTO”, que cumpliendo con los lineamentos de la SCP 0765/2017-S2 de 31 de julio, presentó por escrito su libre y espontánea voluntad el desistimiento a la acción de amparo constitucional presentada por la nombrada contra Antonio Flores Oña -Corregidor ahora accionado- y otros, pidiendo que el mismo se tenga por no presentada para los fines de ley (fs. 230).