SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0463/2023-S3
Fecha: 23-May-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Consta copia simple de la Nota de 21 de noviembre de 2021, suscrita por Anastacio Zurita Sánchez, Melina Hoffman Ávila y Thamia Yelena Zurita Hoffman, dirigiéndose al abogado Noel Vaca López -hoy representante sin mandato de esta última, así como su asesor legal en audiencia de consideración de la acción de libertad-, a quien pusieron en antecedente la agresión física que sufrió la prenombrada -ahora accionante- por parte de su pareja Jaime Santos Sarabia Aliaga -hoy accionado- el 13 y 19, ambos del mismo mes y año, solicitando por ello, pueda otorgarles servicio profesional (fs. 12).
II.2. Consta certificado médico de 22 de noviembre de 2021, en el que se indica que Thamia Yelena Zurita Hoffman, de 25 años de edad, con residencia permanente en Rurrenabaque, acudió acompañada de sus padres refiriendo agresión física y solicitó certificación médica. Diagnosticándole como policontusa, con cinco días de impedimento (fs. 13).