SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0276/2023-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0276/2023-S2

Fecha: 04-May-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Cursa Acta de Registro de Audiencia de Apertura de Juicio Oral Público, Continuo y Contradictorio de 30 de julio de 2021, en el que se evidenciaría que el Tribunal de Sentencia Penal Primero de Villazón del departamento de Potosí dispuso no remitir al IDIF las muestras colectadas por el perito de la defensa; en consecuencia, inicialmente se planteó recurso de apelación; posteriormente se aclaró que se hacía reserva de apelación acorde a lo previsto por el art. 407 del CPP (fs. 163 a 165).

II.2.    Por memorial de 21 de septiembre de 2021, Nelly Julia Villanueva Gareca -ahora accionante-, solicitó al citado Tribunal de Sentencia Penal la remisión de las pruebas periciales al IDIF. En consecuencia, mediante providencia de 22 de misma data se dispuso: “Estese a los antecedentes procesales” (sic [fs. 175 a 179]).

II.3.    Nuevamente se solicitó la remisión de pruebas mediante memorial de 26 de noviembre de 2021. Lo cual fue atendido de forma negativa mediante Auto de 30 de noviembre de 2021 (fs. 208 a 210).

II.4.    Mediante memorial de 9 de diciembre de 2021, una vez más la impetrante de tutela solicitó la remisión de las muestras al IDIF; en ese orden, los Jueces del Tribunal de Sentencia Penal de Villazón del referido departamento por Providencia de 15 de diciembre del referido año, manifestaron que en ningún momento dispusieron que las muestras colectas sean remitidas a la citada Institución (fs. 218 a 219).

II.5.    El 17 de diciembre de 2021, la demandante de tutela presentó recurso de reposición contra el Auto supra, mismo que fue declarado infundado por las autoridades demandadas mediante Auto Interlocutorio de 28 de igual mes y año (fs. 234 a 237 vta.).