SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0371/2023-S2
Fecha: 16-May-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante memorial presentado el 18 de octubre de 2021, Jorge Suárez Navi, Leandro Coria García, Olga Feliciano Ampuero, Gorgina Ribero Chao, Jim Medina Salas y Marianela Álvarez Suárez, en su calidad de miembros de la Comisión de Ética de la Asamblea Legislativa Departamental de Pando, interpusieron denuncia ante el Fiscal de Materia de turno, por la presunta comisión del delito de extorsión; debido a que, recibieron una denuncia por parte de Franck Salas Garnica y Yulisa Mamani Titili contra Litzy Katherine Cachi Vargas -asambleísta departamental por el municipio de Cobija- (fs. 2 a 3 vta.).
II.2. A través de la Resolución de Desestimación 167/2021 de 19 de octubre, el Fiscal de Materia desestimó la denuncia de 18 de igual mes y año (fs. 19 a 21).
II.3. Por memorial presentado el 8 de marzo de 2022, ante el Ministerio Público, Frank Salas Garnica -tercero interesado-, planteó denuncia contra la accionante, por la presunta comisión de los delitos de concusión y exacción; ya que, el 8 de septiembre de 2021, lo amenazó de prescindir de sus servicios ante su negativa de pagarle la suma de Bs1 500.-, para abonar a una tercera persona; situación que, el 30 de septiembre de 2021, ya había puesto en conocimiento de la Comisión de Ética de la Asamblea Legislativa Departamental de Pando, la cual a su vez la remitió ante el representante fiscal (fs. 23 a 24 vta.).
II.4. A través de proveído de 9 de marzo de 2022, José Luis Bustamante Choque, Fiscal de Materia, ahora demandado, dispuso la admisión de la referida denuncia, señalando que, evidenciándose que los hechos se adecuan al tipo penal de concusión, en estricta aplicación a la Resolución FGE/JPL/DAJ 218/2019 de 25 de septiembre, que aprueba la guía básica de las Fiscalías Especializadas emitida por el Fiscal General del Estado, se asigna la presente causa a conocimiento de la Fiscalía Especializada en Anticorrupción, Legitimación de Ganancias Ilícitas y en Delitos Aduaneros y Tributarios, sin perjuicio que se pueda ampliar y rechazar por el representante fiscal asignado al caso, según el resultado de la investigación (fs. 33).
II.5. Mediante escrito de 9 de marzo de 2022, José Luis Bustamante Choque, Fiscal de Materia demandado presentó el inicio de investigación, ante el Juez de Instrucción Penal de turno de la Cobija del departamento de Pando, dentro de la denuncia a instancia del tercero interesado contra la impetrante de tutela, por la presunta comisión del delito de concusión (fs. 34).