SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0447/2023-S3
Fecha: 22-May-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Consta acusación fiscal Resolución 35/2021 de 10 de agosto, presentada ante el “…JUEZ SEPTIMO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL CAUTELAR DE LA CIUDAD DE EL ALTO” (sic), a través de la cual la Fiscal de Materia -Especializada en delitos de razón de género y violencia sexual-, requirió la aplicación de la salida alternativa de procedimiento abreviado en favor de Cristian Andrés Lovera Mendoza -hoy impetrante de tutela-, por la presunta comisión del delito de estupro, y se imponga sentencia condenatoria con pena privativa de libertad de tres años, a ser cumplido en el Centro Penitenciario San Pedro del departamento de La Paz (fs. 4 a 8 vta.).
II.2. Mediante Resolución 255/2021 de 25 de agosto, Patricia Chávez García, Jueza de Sentencia Penal Cuarta de El Alto del departamento de La Paz -ahora accionada-, dentro del proceso antes referido, determinó rechazar la solicitud de aplicación de la salida alternativa de procedimiento abreviado en favor del peticionante de tutela, ante la oposición fundada de la víctima, disponiendo la prosecución de la causa conforme a su estado; ante su pronunciamiento la parte accionante apeló, y solicitó la remisión de antecedentes ante el Tribunal de alzada (fs. 9 a 12 vta.).
II.3. Por Auto de Vista 355/2021 de 1 de octubre, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, admitió y declaró la procedencia de las cuestiones planteadas en el recurso de apelación incidental interpuesto por el impetrante de tutela, en efecto dispuso “ANULAR” la Resolución 255/2021, disponiendo que la Jueza accionada señale nuevo día y hora de audiencia de aplicación de salida alternativa, y conforme el lineamiento establecido disponga la aplicación del procedimiento abreviado por el hecho de estupro; dictando la correspondiente Resolución contra el imputado -hoy peticionante de tutela- (fs. 13 a 16 vta.).
II.4. Consta Resolución 338/2021 de 29 de octubre, mediante la cual la autoridad accionada, declaró infundada la solicitud de aplicación de la salida alternativa de procedimiento abreviado por el delito de estupro, y probada la oposición presentada por la víctima con relación a la causa de referencia, considerando además que un procedimiento común permitirá un mejor conocimiento de los hechos (fs. 26 a 34).
II.5. Cursa memorial presentando el 11 de noviembre de 2021, ante la “…SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE LA PAZ” (sic), a través del cual el accionante, considerando que interpondrá una acción de libertad dentro del proceso de referencia, solicitó el retiro de apelación incidental y pidió la devolución de actuados al Juzgado de origen en el día (fs. 17).