SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0513/2023-s3
Fecha: 30-May-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Dentro del fenecido proceso laboral seguido por Silvia Jiménez Torrico contra Judith Esperanza Muriel Galindo -ahora peticionante de tutela-, cursa observación de liquidación de actualización y cálculo de beneficios sociales, que mereció Auto de 26 de julio de 2021, emitido por Martha Esthela Coca Revollo, Jueza de Partido del Trabajo y Seguridad Social Primera de Quillacollo del departamento de Cochabamba -hoy accionada-, que determinó no ha lugar dicha observación al haber sido planteada fuera de plazo procesal (fs. 17 a 18); determinación ante la cual, la accionante presentó recurso de apelación, que fue concedido en efecto devolutivo y radicado ante la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba el 27 de septiembre del citado año (fs. 19 a 23). Asimismo se tiene Auto de 1 del citado mes y año de aprobación de liquidación y conminatoria de pago de dicha obligación, a tercer día, bajo advertencia de emitirse mandamiento de apremio, que finalmente fue emitido el 15 de octubre del mismo año, conforme fue ordenado por la Jueza accionada (fs. 22 y vta. y 31).
II.2. De la revisión del Sistema de Gestión Procesal del Tribunal Constitucional Plurinacional, se verifica que este Tribunal en revisión conoció y resolvió la acción de libertad interpuesta por Judith Esperanza Muriel Galindo contra la autoridad accionada, signado con el número 43339-2021-87-AL, dentro de la que se emitió la SCP 1477/2022-S4 de 7 de noviembre.