SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2023
Fecha: 24-May-2023
II. CONCLUSIONES
Del análisis y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa “COPIA LEGALIZADA” del libro de actas del barrio “Tirani Maravilla” de la sesión extraordinaria de 18 de agosto de 2019 que fue franqueado por la Notaria de Fe Pública 7 de la Capital del departamento de Cochabamba el 2 de octubre de 2020, por el cual el Directorio de la Junta Vecinal de la citada unidad vecinal reconoció la posesión quieta, pacífica y continua del terreno por parte de Ramiro Laco Tacachiri desde la gestión 2014 que se encontraba abandonado y no cumplía una función social (fs. 2).
II.2. Se adjunta placas fotográficas donde se observa al demandante del proceso de interdicto de retener la posesión realizando trabajos de excavación y siembre; así también se advierte calles delimitadas y construcción de viviendas aledañas al terreno en demanda (fs. 5 a 17).