SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0228/2023-S4
Fecha: 02-May-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa memorial de 14 de diciembre de 2021; por el que, Humberto Edwin Macuchapi Laura –ahora accionante– adjunta, certificados de antecedentes penales y de no violencia, a fin de que sean considerados a tiempo de analizarse la “salida alternativa de procedimiento abreviado” en audiencia. (fs. 6 a 8)
II.2 Resolución 416/2021 de 14 de diciembre, emitida dentro, del proceso penal seguido por el Ministerio Público en contra del ahora accionante, en la misma se tiene evidencia de la solicitud de aplicación de salidas alternativas por el hoy solicitante de tutela y el rechazo de las mismas por la autoridad hoy demanda. (fs. 18 a 19 vta.)
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | II. Todas las personas, en particular las mujeres, tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual o psicológica, tanto en la familia como en la sociedad; | III. El Estado adoptará las medidas necesarias par
- I. Toda persona tiene derecho a la vida y a la integridad física, psicológica y sexual (…) | I. En los delitos de violencia hacia las mujeres, siempre que el autor no sea reincidente, se podrán aplicar las sanciones alternativas a la privación de li
- ARTÍCULO 76. (APLICACIÓN DE SANCIONES ALTERNATIVAS)
- II. La autoridad judicial aplicará una sanción alternativa, junto a otras, cuando sea necesario para proteger a la mujer, hijos e hijas o el núcleo familiar en situación de violencia.
- III. El Estado adoptará las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar la violencia de género y generacional, así como toda acción u omisión que tenga por objeto degradar la condición humana, causar muerte, dolor y sufrimiento físico, sex
- ARTÍCULO 3. (PRIORIDAD NACIONAL).
- POR TANTO