SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0366/2023-S2
Fecha: 16-May-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Dentro del fenecido proceso penal seguido por el Ministerio Público contra José Manuel Serrano Borda, por la comisión del delito de contrabando, Marco Antonio Arze Marañón -hoy tercero interesado-, formuló “incidente de devolución de motorizado” (sic), que fue resuelto por el Tribunal de Sentencia Penal Segundo del departamento de Santa Cruz, mediante Auto Interlocutorio 49/2021 de 23 de junio, declarándolo fundado y probado; y en consecuencia, dispuso que la Gerencia Regional Santa Cruz de la AN -parte accionante- proceda a la devolución del vehículo cuyas características especificó y semirremolque a su favor (fs. 6 a 13).
II.2. Contra el Auto Interlocutorio 49/2021, la Gerencia Regional Santa Cruz de la AN, planteó recurso de apelación incidental; instancia en la cual, la Sala Penal Primera del Tribunal de Justicia del citado departamento, emitió el Auto de Vista 173 de 13 de octubre de 2021, declarándolo admisible e improcedente; consiguientemente, confirmó el Auto Interlocutorio apelado (fs. 17 a 18 vta.).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- Respecto a la segunda finalidad, tanto la SCP 2221/2012 como la SCP 0100/2013, señalan que la arbitrariedad puede estar expresada en una decisión sin motivación, con motivación arbitraria, insuficiente y por la falta de coherenci