SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0495/2023-S4
Fecha: 12-Jun-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Se tiene el Acta de Registro de Audiencia Pública (virtual) para la Cesación de la Detención Preventiva y el Auto Interlocutorio de 1 de febrero de 2022, pronunciado por la Jueza de Instrucción Penal Segundo de Quillacollo del departamento de Cochabamba, mediante el cual se rechazó la solicitud de cesación de la detención preventiva de Jorge Luis Pardo –ahora accionante– (fs. 22 a 25).
II.2. Consta Auto de Vista 30/2022 de 18 de febrero, pronunciado por María Giovanna Pizo Guzmán, Vocal de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró procedente en parte el recurso de apelación incidental interpuesto por el impetrante de tutela; en consecuencia, confirmó el Auto interlocutorio de 1 de febrero de 2022, es decir, mantuvo su detención preventiva (fs. 38 a 41).