SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0511/2023-S2
Fecha: 06-Jun-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante memorial presentado el 21 de febrero de 2022, ante el Juzgado de Instrucción Penal Séptimo de la Capital del departamento de Santa Cruz, Juan Pablo Ángel Loza Macoina -accionante- solicitó cesación de la detención preventiva conforme lo previsto en el art. 239.1 y 2 del CPP (fs. 6 y 7 vta.).
II.2. A través del decreto de 22 de igual mes y año, Anay Añez Mendoza, Jueza de Instrucción Penal Octava -en suplencia legal de su similar Séptimo- de la Capital del citado departamento, señaló verificativo para el 2 de marzo de igual año (fs. 7).
II.3. Cursa acta de audiencia de garantías de 25 de febrero de 2022, en la que se dio lectura a este mecanismo constitucional e informe de la Jueza demandada (fs. 22 a 23 vta.).