SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0569/2023-S1
Fecha: 05-Jun-2023
“II.- PETITORIO
…solicito muy respetuosamente me señale fecha y hora de audiencia de cesación y que dicha audiencia se señalada cinco (5) Minutos antes de la que tengo Señalada para el día 29 de Abril del 2022 a Horas 08:30, por el Art. 239.2 de la ley 1173…” (sic [fs. 76 y vta.])
II.5. Consta decreto de 26 de abril de 2021, emitido por la Carla Lorena Añez Méndez, Jueza de Instrucción Penal y contra la Violencia hacia la Mujer Segunda, señaló audiencia de cesación de medidas cautelares para el 29 de abril de 2021 a horas 8:15 am (fs. 77).
II.6. Por nota de 26 de abril de 2021, suscrita por Carla Lorena Añez Méndez, Jueza de Instrucción Penal y Contra la Violencia Hacia la Mujer Segunda, mediante el cual impetró a Edil Robles Lijeron, Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, licencia sin goce de haberes para el 28, 29 y 30 de abril de 2021, dicha solicitud fue recepcionado en la precitada fecha (fs. 78).
II.7. Consta nota de 29 de abril de 2021, suscrita por Jorge Alberto Vaca García, Secretario de Instrucción Penal y Contra la Violencia Hacia la Mujer Segundo; donde hace constar lo siguiente:
“…dentro del Proceso Penal Público con CÓDIGO ÚNICO: 701102302000007, que sigue el MINISTERIO PÚBLICO en contra de FABIO MIRANDA MURILLO, por la presunta comisión del delito de TRÁFICO DE SUSTANCIAS CONTROLADAS, se tiene que la AUDIENCIA DE CESACIÓN A LA DETENCIÓNN PREVENTIVA del imputado FABIO MIRANDA MURILLO señalada para el día de hoy jueves 29 de abril de 2021 a horas 8.15 a.m. no se pudo instalar por motivo de que la Sra. Juez se encuentra con licencia sin goce de haberes y hasta la presente fecha y hora no se ha notificado al Juez correspondiente con la suplencia legal.” (sic [fs. 79]).