SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0589/2023-S2
Fecha: 20-Jun-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Acta de audiencia de apelación incidental de medida cautelar de 18 de noviembre de 2021, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Marcelo Corrales Orellana -accionante-.
II.2. Por Auto de Vista de 18 de noviembre de 2021, Pablo Antezana Vargas, Vocal de la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba -demandado- declaró: “…PROCEDENTE el recurso de apelación formulado por el representante del MINISTERIO PÚBLICO; en consecuencia, REVOCA el Auto de fecha 01 de octubre de 2021, solo en relación al riesgo de obstaculización descrito en el Art. 234 núm. 7 del CPP, debiendo mantener subsistente este peligro procesal de fuga; por lo demás, CONFIRMA el Auto de 01 de octubre de 2021 en todas sus partes” (sic); y declaró improcedente la apelación efectuada por el solicitante de tutela (fs. 150 a 153 vta.).