SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0664/2023-S3
Fecha: 30-Jun-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa relación de expedientes sorteados para Vocal relator sorteo 23/2021 de 30 de julio, emitido por Juan Víctor Gonzales Amaru Secretario de Cámara de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en la que consta que el recurso de apelación restringida correspondiente al proceso penal del cual deviene la presente acción de defensa, signado con Número de Registro Judicial (NUREJ) 201102012002510, fue sorteado ante César Wenceslao Portocarrero Cuevas, Vocal de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -hoy accionado- (fs. 3).
II.2. Por memorial presentado el 27 de enero de 2022, dirigido al Vocal ahora accionado, el accionante solicitó la aplicación del art. 76.I.1 de la Ley Integral Para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia, con relación a la aplicación de salidas alternativas, adjuntando la respectiva documentación para tal efecto (fs. 4 a 7 vta.).
II.3. Mediante memorial presentado el 4 de febrero de 2022, dirigido al Vocal hoy accionado, el accionante reiteró, la aplicación del art. 76.I.1 de la Ley Integral Para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia, con relación a la aplicación de salidas alternativas (fs. 8 a 9).
II.4. A través del memorial presentado el 3 de marzo de 2022, ante el Vocal hoy accionado, el accionante anunció la formulación de esta acción de libertad (fs. 10 a 11 vta.).
II.5. Por memorial presentado el 28 de marzo de 2022, ante el Vocal ahora accionado el accionante reiteró una vez más, la formulación de esta acción tutelar (fs. 12 a 13 vta.).