SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0528/2023-S3
Fecha: 01-Jun-2023
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 028/2022 de 11 de febrero, cursante de fs. 36 a 39; pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Tercero de El Alto del departamento de La Paz; y, en consecuencia:
1º CONCEDER en parte la tutela solicitada, al evidenciarse la demora injustificada denunciada por el accionante.
a) Disponer que el Secretario como la Auxiliar del Juzgado de Instrucción Penal Sexto de El Alto del departamento de La Paz, una vez notificados con este fallo constitucional, en coordinación, procedan a la remisión inmediata del recurso de apelación incidental interpuesto por el accionante contra el Auto Interlocutorio 31/2022 de 2 de febrero, ante el Tribunal de alzada, salvo que ese acto procesal ya hubiese sido efectuado.
2° DENEGAR la tutela solicitada, respecto al derecho a la defensa y a la solicitud de costas y costos, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en este fallo constitucional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA