SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0430/2023-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0430/2023-S2

Fecha: 01-Jun-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Cursa informe médico de 2 de febrero de 2022, emitido por el Médico del Centro Penitenciario de San Pedro de La Paz, con la referencia solicitud de salida médica del paciente Moisés Orlando Mejía Heredia -hoy accionante-, con diagnóstico de: Diabetes Mellitus Tipo II, Neuropatía Diabética, Hipercolesteronemia; y, tos con escasa sangre. Dictamen por el cual se sugirió la salida médica del accionante al servicio de Medicina Interna de COSSMIL con custodios para el traslado, valoración conclusión y retorno al referido Centro Penitenciario por no contarse con la especialidad mencionada (fs. 12).

II.2.    El 2 de febrero de 2022, por Nota con Cite: 58/2022, el Juez de Instrucción Penal Primero de El Alto del departamento de La Paz puso a conocimiento del Director del Centro Penitenciario de San Pedro de La Paz -ahora demandado- el decreto de igual fecha disponiendo la salida judicial con traslado de escoltas del accionante a COSSMIL, con el propósito que se efectué una revisión médica el 3 de idéntico mes y año, desde horas 8:00 hasta su conclusión. La orden fue notificada al mencionado Director el 3 de ese mes y año a horas 9:20 (fs. 16 y 17).

II.3.    El 3 de febrero de 2022, la Coordinadora de Gestión de Audiencias de la Oficina Gestora de Procesos del departamento de La Paz informó al precitado Juez que el oficio con la orden de salida judicial -anteriormente descrita- se recibió el 2 de ese mes y año a horas 15:55, inobservando, el Instructivo 02/2021 P-TDJLP de 14 de enero, que refiere que los oficios de salida, conducción o mandamientos debían ser remitidos hasta las horas 10:00 de cada día. Adicionalmente, hizo conocer que el Centro Penitenciario de San Pedro del indicado departamento, recibía documentación únicamente hasta las 15:30 horas de todos los días; por lo que, el personal de la señalada Oficina Gestora se presentó en dicho Centro Penitenciario el 3 de febrero de 2022 a horas 9:15; sin embargo, el oficio no fue recibido; circunstancia por la cual, la funcionaria de la Oficina Gestora de Procesos 1 de El Alto elaboró su informe solicitando se conmine al personal subalterno del Juzgado de Instrucción Penal Primero de El Alto del referido departamento, cumplir el mencionado Instructivo con el fin de evitar dilaciones indebidas (fs. 13 y vta.).