SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0460/2023-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0460/2023-S4

Fecha: 15-Jun-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Cursa Acta de audiencia de juicio oral virtual de 20 de enero de 2022, a las 15:30 celebrado por Roxana Lupe Aruquipa Luna, Jueza de Sentencia Penal Tercera de El Alto del Departamento de La Paz –autoridad ahora demandada–, dentro del proceso de acción privada de despojo a denuncia de Ernesto Mamani Acarapi contra Rosalía Mamani Huarani –ahora accionante– audiencia que no pudo asistir justificando su inasistencia a raíz que encontraría delicada en su estado de salud, adjuntando como medio de prueba un Certificado Médico emitido por el Hospital de Segundo Nivel de Viacha de La Paz y firmado por la Médico Cirujano Eduviges Fernández Quispe, refiriendo que la accionante tiene un diagnóstico de “sospechosa de SAR COV-2 COVID-19” (sic) (fs. 31 a 33).

II.2.  Reinstalada dicha audiencia como consta en el Acta de Juicio oral el 26 de igual de mes y año a las 14:00, audiencia que de igual forma no asistió justificando por memorial presentado el mismo día a las 12:37 adjuntando Certificado Médico de 25 de enero de 2022, emitido por Glenny Espejo Enríquez Médico Cirujano, con diagnóstico de mioma sintomático, anemia severa y sospecha de COVID-19, recomendando a la misma reposo absoluto, laboratorios de control, valoración por ginecología para tratamiento quirúrgico; disponiendo la autoridad demandada realizarse la valoración por el IDIF, señalándose nueva audiencia de juicio oral virtual para el 27 de igual mes y año –día siguiente– a las 10:00 (fs. 36 a 38).

II.3.  Instalado el verificativo el 27 de enero de 2022, a las 10:00, la Jueza ahora demandada determinó la suspensión de dicha audiencia para el 28 de igual mes y año, a las 10:00 a solicitud de la parte acusada –ahora accionante– conminando a la misma se haga presente en la referida audiencia convocada bajo alternativa de declararse su rebeldía, y en caso de nuevamente encontrarse en imposibilidad de asistir a la misma tendrá la obligación de presentar documentación idónea que acredite su situación; aclarando además que si la accionante no cuenta con una computadora o celular que le permita ingresar a la audiencia puede hacerlo de manera presencial (fs. 39 a 41).

II.4.  Cursa Acta de Audiencia de Juicio Oral Virtual el 28 de enero de 2022, a las 10:00, instalada la misma y ante la ausencia de la accionante por encontrarse realizándose unos estudios de diagnóstico por imagen en el Hospital de Segundo Nivel de Viacha de La Paz, reprogramó la misma de manera virtual para el 31 de igual mes y año, a las 11:30, disponiendo que el IDIF nuevamente realice una valoración médica a efectos de desvirtuar lo referido por la acusada en razón de que la autoridad estaría lesionando su derecho a la vida y a la salud (fs. 42 y vta.)