SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0481/2023-S2
Fecha: 05-Jun-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Consta Auto Interlocutorio 109/2021 - P de 10 de septiembre, por el cual se impuso la medida de detención preventiva a Jorge Mamio Villanueva -ahora accionante- dentro del proceso penal instaurado en su contra por la presunta comisión del delito de robo agravado. Sobresale que una de las causas para asumir la determinación fue la concurrencia de los riesgos procesales contenidos en el art. 234 del CPP relacionados a la falta de acreditación de domicilio -que coincida en su cédula de identidad con el señalado en la declaración informativa- y actividad lícita (fs. 11 a 15).
II.2. Por memorial presentado el 8 de febrero de 2022, el impetrante de tutela, requirió autorizar su salida judicial para el 15 de ese mes y año, “…para el cambio de domicilio y renovación…” (sic) de su cédula de identidad y para acudir a la Notaría de Fe Pública 16, a realizar reconocimiento de firmas de un contrato de trabajo (fs. 19 y vta.).
II.3. Mediante decreto de 9 de febrero de 2022, el Juez Público Mixto Civil y Comercial de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Guanay del departamento de La Paz, -hoy demandado- solicitó que el accionante “…Previamente adjunte los requerimientos ante el Ministerio Público y el pago por concepto de cédula de identidad” (sic [fs. 20]).